Interrupción Voluntaria del Embarazo

Pasos para abortar en Clínica Dator

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Puedes solicitar una cita por teléfono.

Nuestro horario de atención:

lunes a viernes de 8:30 a 19:30 horas,
sábado de 8:30 a 16:00 horas,
domingos cerramos.

Opciones

Nuestro equipo de Atención a la Mujer te explicará las diferentes opciones (aborto instrumental o farmacológico) y te ayudará a resolver tus dudas de manera que puedas tomar una decisión libre, plenamente informada y acorde a los parametros establecidos.

Debes saber que puedes decidir realizarte la interrupción voluntaria del embarazo como prestación pública (aborto financiado por la Seguridad Social) sin ningún coste económico para ti o de forma privada (pagando por la intervención).

Métodos de interrupción de embarazo

Los métodos legales y seguros para abortar son dos: farmacológico (con pastillas) y quirúrgico (o instrumental). Siempre antes del procedimiento haremos una ecografía, una valoración de tu historia clínica, una analítica y cumpliremos con el resto de los requerimientos médicos y legales.

Método Farmacológico

El método farmacológico o aborto con pastillas es más efectivo dentro de las 9 primeras semanas de embarazo, por lo que lo primero que hacemos es una ecografía que determine exactamente de cuánto tiempo estás embarazada (y valorar si no hay contraindicaciones clínicas).

El procedimiento consiste en la toma de dos medicamentos diferentes en dos fechas distintas que, de forma combinada, provocan de forma segura la expulsión del contenido del útero.

1. Toma del primer medicamento. Si las pruebas previas que te realizamos no lo contraindican, tomarás en la clínica una dosis de Mifepristona, fármaco que bloquea la producción de progesterona. Tras la toma, puedes marcharte a casa y siguiendo las indicaciones médicas deberás volver a la clínica a las 48 horas aproximadamente.

2. En la segunda cita te facilitamos el segundo fármaco, Misoprostol, que es el que provoca la expulsión de la gestación. En las primeras 3-4 horas después de esta toma permanecerás en la Clínica bajo supervisión médica de la evolución del proceso. Los facultativos realizarán una nueva evaluación ecográfica y te citarán en 10-15 días para dar por terminado definitivamente el procedimiento.

Bajo control y seguimiento médico te facilitamos que puedas realizar la segunda parte del proceso en tu casa. Si quieres saber más, llámanos y te damos toda la información

Método Instrumental

El método instrumental o aborto quirúrgico se realiza a partir de la sexta semana de gestación y sin más límite de semanas que los que marca la Ley. Se trata de una intervención sencilla, que requiere anestesia, en la que después de dilatar el cuello del útero por medios mecánicos y/o farmacológicos se procede a la aspiración del contenido uterino y a un microlegrado de comprobación.

El procedimiento puede llevarse a cabo bajo anestesia local (hasta las 12 semanas de gestación) o general. En ambos casos la estancia en la clínica es de unas 3 horas. Después de la intervención, permanecerás en la zona de recuperación para observación hasta el momento del alta.

• Anestesia General: Estarás dormida entre 6 y 8 minutos. La anestesia se administra por vía intravenosa.

• Anestesia Local: Estarás despierta durante la intervención, por lo que se requiere de colaboración por tu parte y un buen nivel de autocontrol. Los fármacos anestésicos se administran mediante una inyección en el cérvix (cuello del útero)

Si necesitas abortar en Madrid, no dudes en ponerte en contacto con nosotras. Llámanos o rellena nuestro formulario web.

Lo que dice la L.O. 2/2010

La Ley Orgánica 2/2010 de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, regula entre otras, las condiciones de la interrupción voluntaria del embarazo y las garantías en el acceso a la prestación y diferencia entre la interrupción del embarazo a petición de la mujer y la interrupción por causas médicas:

A petición de la embarazada (art. 14)

“Podrá interrumpirse el embarazo dentro de las primeras catorce semanas de gestación a petición de la mujer embarazada”

Por causas médicas (art. 15)

Excepcionalmente, podrá interrumpirse el embarazo cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:

Art. 15a) Que no se superen las 22 semanas de gestación y siempre que exista grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada y así conste en un dictamen emitido con anterioridad a la intervención por un médico o médica especialista distinto del que la practique o dirija. En caso de urgencia por riesgo vital para la gestante podrá prescindirse del dictamen.

Art. 15b) Que no se superen las 22 semanas de gestación y siempre que exista riesgo de graves anomalías en el feto y así conste en un dictamen emitido con anterioridad a la intervención por dos médicos especialistas distintos del que la practique o dirija.

Art. 15c) Cuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida y así conste en un dictamen emitido con anterioridad por un médico o médica especialista, distinto del que practique la intervención, o cuando se detecte en el feto una enfermedad extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico y así lo confirme un comité clínico.

Debes saber que puedes decidir realizar la interrupción voluntaria del embarazo como prestación pública (aborto financiado por la Seguridad Social) sin coste económico alguno para ti o de forma privada (abonando por la intervención).

Preguntas Frecuentes

Toda clínica autorizada debe contar con un número de registro sanitario. Tenemos un control exhaustivo, con inspecciones de Sanidad frecuentes.

Además, una forma de comprobar si es un Centro es legal o no, es llamar a la Consejería de Sanidad, donde nos podrán confirmar este dato.

Se te explicará en detalle cómo va a ser todo el proceso ya que los pasos a seguir pueden ser diferentes en función de las semanas de embarazo y de la técnica elegida.

Debes saber que siempre se realiza una Consulta Preoperatoria (Ecografía, Historia Clínica y Analítica) y en todos los casos se firmarán los Consentimientos Informados pertinentes.

La media de estancia en la Clínica suele ser de unas 4 horas.
Al alta, se te dará un informe médico, toda la información sobre los cuidados posteriores y además el equipo de especialistas te facilitará un teléfono de urgencias 24 horas para cualquier contratiempo fuera del horario de atención.

Llámanos para que resolvamos dudas sobre tu proceso.

El tratamiento de los datos personales es estrictamente confidencial siguiendo la normativa. Toda la información se encripta y se disgrega para que en ningún lugar se vean los datos personales de la mujer.

Sí. Las mujeres podrán interrumpir voluntariamente su embarazo a partir de los 16 años, sin necesidad del consentimiento de sus representantes legales.
En el caso de las mujeres menores de 16 años, será de aplicación el régimen previsto en el artículo 9.3.c) de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre

No hay un límite establecido de abortos por la seguridad social, por lo que se podría interrumpir el embarazo de forma gratuita.

En Clínica Dator sabemos que la educación sexual es de vital importancia para evitar que esta situación se produzca en más de una ocasión. Por ello, cuando acudas a consulta te daremos información y asesoramiento sobre anticoncepción para evitar en un futuro otro embarazo no deseado.

Después de una interrupción de embarazo existen unas recomendaciones higiénico-sanitarias a seguir en días posteriores. No se deben mantener relaciones sexuales con penetración vaginal hasta que no hayan pasado unos 10 días de la intervención. Al alta, se te darán estas indicaciones por escrito.

El acceso a la Sanidad es Universal, lo que quiere decir que todo el mundo tiene derecho a la atención sanitaria. Llámanos, en Clínica Dator te ayudaremos con todo el proceso desde el primer momento.

El límite legal para el aborto voluntario a petición de la mujer son 14 semanas. En el caso de querer interrumpir el embarazo posteriormente, debe existir un problema de salud fetal y/o salud materna justificado por un dictamen médico.

La salud materna debe ser vista desde una perspectiva biopsicosocial, donde la existencia de un problema de salud física o mental es un motivo de interrupción del embarazo más allá de la semana 14. Por ello, te recomendamos que si tienes más de 14 semanas, no dejes de venir a la clínica, pues cada caso es valorado individualmente.

Además, Clínica Dator realiza intervenciones hasta el final del embarazo, existiendo unas condiciones muy particulares reflejadas en la Ley en el caso del aborto más allá de la semana 22, de las cuales te informamos con exactitud: a partir de esta semana, se tiene que dar una malformación fetal extremadamente grave e incurable, o incompatible con la vida. Todos los informes médicos con los que se cuente hay que presentarlos en la Consejería de Sanidad, para que posteriormente un Comité Clínico emita un dictamen.

Cada comunidad autónoma tiene sus propios comités, por lo que la decisión dependerá de los médicos. Es importante que las mujeres sepan que pueden incluir a 1 especialista de su elección dentro de este comité.

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Puedes abortar gratuitamente

La Interrupción Voluntaria del Embarazo es una prestación sanitaria incluida en la cartera de Servicios de la Sanidad Pública, por lo que no tiene que tener coste económico para ti.

Nosotros nos ponemos en contacto con los servicios de la Administración para realizar los trámites y que la intervención pueda ser sufragada por la Sanidad Pública.

Estamos autorizados por la Consejería de Sanidad para la realización de interrupciones de embarazo hasta las 22 semanas y Comités Clínicos favorables por encima de la semana 22.

    

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